El derecho a las diferencias retributivas por discriminación salarial no prescribe nunca mientras dure la discriminación (STS 20/11/2024)

La discriminación salarial por razón de género o cualquier otra causa prevista en el artículo 14 de la Constitución puede prolongarse durante años, afectando de manera continua a los derechos de los trabajadores. No obstante, la regla general en derecho del trabajo establece la prescripción de acciones en el plazo de un año. Ante esta normativa, surge la cuestión de si es posible reclamar las diferencias salariales derivadas de la discriminación únicamente del año anterior a la interposición de la acción, o si se puede extender la reclamación a todo el periodo durante el cual se sufrió la discriminación. Asimismo, otro punto clave discutido es la posibilidad de acumular en una misma demanda dos tipos de acciones: por un lado, la acción de vulneración de derechos fundamentales por discriminación; por otro, la reclamación de las diferencias salariales resultantes de dicha discriminación. Estas cuestiones han sido objeto de análisis en la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2024 (recurso 2655/2023). En ella, el alto tribunal establece dos conclusiones relevantes:

  1. Es posible acumular en una misma demanda la acción de vulneración de derechos fundamentales por discriminación y la reclamación de las diferencias salariales.
  2. La reclamación de diferencias retributivas puede extenderse a todo el periodo durante el cual se produjo la discriminación salarial, sin limitarse al año inmediatamente anterior a la interposición de la acción.

A continuación, analizamos los argumentos que sustentan estas conclusiones.

ACUMULACIÓN DE ACCIONES: VULNERACIÓN DDFF + RECLAMACIÓN DE LO DEJADO DE PERCIBIR

Para resolver ambas cuestiones, la acumulación y la prescripción, el fundamento jurídico del TS es el mismo: las diferencias salariales derivadas de una discriminación constituyen parte de la indemnización por daños y perjuicios que debe ser otorgada cuando se declara una vulneración de derechos fundamentales. De esta forma, siempre que se declare una vulneración de derechos fundamentales por discriminación salarial, el juez está obligado a condenar a la empresa a una indemnización que comprende dos conceptos:

  • Las diferencias salariales completas derivadas de la discriminación sufrida durante todo el periodo en que se produjo.

Debido a la naturaleza de esta indemnización, es posible y procedente acumular en una misma demanda la acción por vulneración de derechos fundamentales con la reclamación de las cantidades dejadas de percibir debido a la discriminación

NO INICIO DEL CÓMPUTO PRESCRIPCIÓN HASTA QUE CESA LA DISCRIMIANCIÓN

El Tribunal Supremo, siguiendo la tesis de que las cantidades dejadas de percibir debido a la discriminación salarial constituyen una indemnización por daños y perjuicios, sostiene que el cómputo del plazo de prescripción no comenzará hasta que cese la discriminación.

En consecuencia, si al momento de interponer la demanda la discriminación salarial aún persiste, el plazo de prescripción de un año no habrá comenzado a computar. Esto permite a la persona afectada reclamar todas las diferencias salariales desde el inicio de la discriminación, y no únicamente las correspondientes al último año.

Aquí os dejo la sentencia

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4 thoughts on “El derecho a las diferencias retributivas por discriminación salarial no prescribe nunca mientras dure la discriminación (STS 20/11/2024)

  1. Interesante como siempre el artículo/argumento sobre diferencias retributivas por discriminación salarial. No sé si procede o no atreverme a hacer una consulta sobre un tema concreto a través de este comentario, pero ocurre que en el Convenio colectivo de MERCADONA (art. 31) se establece una prima general por objetivos y permanencia, que se abona en el mes de marzo de cada año, que se hace depender de varios requisitos: a) tener objetivos personales de carácter anual pactados antes del inicio del devengo de la prima (la realidad es que esos objetivos nunca se pactan y se remiten al cumplimiento de lo que ellos denominan «modelo de calidad total», algo tan genérico como atender bien a los clientes, cumplir el método, etc., es decir, se podía resumir en hacer bien tú trabajo ordinario; b) tener aprobada la entrevista de valoración que conlleva haber conseguido los objetivos anuales pactados (se trata de una valoración subjetiva que realiza el Coordinador/Jefe de Tienda, sin ningún criterio objetivo o con imputaciones genéricas que si hubieran sido ciertas, podrían haber sido sancionadas por la empresa, pero no se han sancionada); c) haber trabajado entre tres y doce meses (si un trabajador ha estado de baja de I.T. por enfermedad común, ese tiempo se considera como trabajado a efectos del cómputo). Ocurre que a los trabajadores con mucha antigüedad (18 años hacía arriba) o que han permanecido de baja de I.T. varios meses, les suspenden la evaluación «subjetiva» y no perciben la prima, que para este año equivale a tres mensualidades de salario. En mi opinión esto resulta una vulneración de sus derechos fundamentales, ya que se grava a aquellos trabajadores con muchos años de antigüedad (edadismo) y también a aquellos que por motivos de salud han tenido bajas de I.T. largas (salud). El tema de las bajas de I.T. se consideran por la empresa un incumplimiento del método, como si el trabajador tuviese la culpa de estar enfermo. En juicio la empresa considera que es una mejora convencional del Convenio, por lo que si no se cumplen con esos requisitos no hay derecho a la prima, ya que no se puede ir contra una norma convencional pactada. Para mí es un agravio entre unos y otros trabajadores y una causa de discriminación y vulneración de derechos fundamentales. ¿Cómo lo ve Ud. Prof. Todolí?

  2. Artículo muy relevante y bien explicado sobre la discriminación salarial y la imprescriptibilidad de las diferencias retributivas mientras esta persiste. La referencia a la STS de 20/11/2024 aclara puntos clave sobre la acumulación de acciones y la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores.

    Para quienes necesitan analizar salarios, comparar retribuciones y entender mejor las diferencias salariales de forma práctica, esta herramienta puede resultar muy útil: https://calculodesalario.com/

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