Dos anualidades de salario por vulnerar la garantía de indemnidad. Nuevos Parámetros de cálculo de la indemnización por vulneración de derechos fundamentales. (STS 20/04/2022)

Desde que la STC 61/2021 clarificara, una vez por todas, la obligación de todo tribunal de pronunciarse obligatoriamente sobre la cuantía de la indemnización a la que el trabajador tenía derecho cuando observaba una vulneración de un derecho fundamental de un trabajador, el foco ha estado puesto en los parámetros de cálculo de la indemnización.

Recientemente la STS 23/02/2022 comentada en este blog, establecía 4 parámetros para determinar concretamente cuál debía ser la indemnización por vulneración de DDFF. A saber, 1) usar los mínimos y máximos de la LISOS, 2) la antigüedad del trabajador, 3) el salario del trabajador y 4) contemplar si el despido era improcedente o nulo (al entender que, con la nulidad, gran parte de los daños ya quedaban reparados por lo que la indemnización debía ser menor).

Solamente dos meses después de esa sentencia, el TS (STS 20/04/2022) vuelve sobre este tema de los criterios o parámetros para el cálculo de la indemnización añadiendo muchos más criterios. En el presente entrada se van a analizar dichos criterios y estudiar como se aplican al presente caso.

NUEVOS PARÁMETROS DE CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN POR VULNERACIÓN DE DDFF

  1. Lo primero que cabe decir es que los cuatro parámetros son de nuevo mantenidos por esta sentencia aquí comentada. Usar los mínimos y máximos de la LISOS, la antigüedad del trabajador, el salario del trabajador y contemplar si el despido era improcedente o nulo (al entender que con la nulidad gran parte de los daños ya quedaban reparados por lo que la indemnización debía ser menor)
  2. Persistencia temporal de la vulneración del derecho fundamental
  3. Intensidad del quebrantamiento del derecho
  4. Consecuencias que provocan en la situación personal o social del sujeto titular del derecho infringido
  5. La reincidencia en conductas vulneradoras (recordemos que la indemnización tiene que servir a una función reparadora y también preventiva)
  6. El carácter pluriofensivo de la lesión (Entiendo que esto se refiere a si afecta a más de un derecho fundamental o solamente a uno; aunque también podría hacer referencia a que la conducta lesiva afecte a más de un trabajador)
  7. El contexto en el que se haya podido producir la conducta (de hecho en el caso enjuiciado concretamente esto se tienen en cuenta para la agravación de la indemnización al realizar el despido por represalia durante una IT ocasionada con aspectos que finalmente dieron lugar a la violación del derecho fundamental, concretamente, en el presente caso la trabajadora alega que sufre acoso en la empresa y sufre una IT relacionada con el acoso y es despedida posteriormente como represalia por la denuncia por acoso. De esta forma, el Tribunal no solamente valora en la indemnización la vulneración de la garantía de indemnidad por la represalia sino también la situación de IT y el despido durante la misma).
  8. Que exista una actitud del empresario tendente a impedir la defensa o protección del derecho trasgredido.
  9. Entre otros (el TS deja la lista abierta a otros parámetros).

En el caso enjuiciado, de todos los criterios mencionados, para condenar a 60.000 euros (equivalente a dos años del salario del trabajador) valora especialmente:

1) El salario del trabajador dado que se condena a una indemnización equivalente a dos anualidades de salario (60.000 euros). Así parece que si el salario del trabajador fuera menor la indemnización total también hubiera sido menor-

2) Las sanciones de la LISOS, dado que el tribunal señala expresamente que 60.000 euros se encuentra en la franja media de las sanciones de la LISOS;

3) Contexto: El hecho de que el trabajador se encontrara en situación de IT cuyo origen estaba relacionado con la denuncia interpuesta sobre la que la empresa comete una represalia.

Aquí os dejo la sentencia Y no dudéis en suscribiros al blog si os interesa el derecho laboral


2 thoughts on “Dos anualidades de salario por vulnerar la garantía de indemnidad. Nuevos Parámetros de cálculo de la indemnización por vulneración de derechos fundamentales. (STS 20/04/2022)

  1. Como todas las sentencias que “encuentra” el Prof. Todolí, magnífica la elección y el análisis. Y en lo personal y profesioal no ha podido ser más oportuna, porque estaba en la preparación de unos apuntes de un máster de una Universidad, precisamente con el tema de la indemnzación adicional en caso del vulneración de derechos fundamentales, y he referido la reseña, puntual y completa, para mejor ilustración de los alumnos.

  2. Se podría acoger en estos parámetros a una persona que su jefe no le ha pagado durante más de dos años engañandole con la posibilidad de cerrar un negocio y pagarle todo con un aumento de sueldo por la paciencia.
    Aquí, existe la persistencia de la vulneración del derecho, las consecuencias que ha provocado en la situación personal y familiar del trabajador, la intensidad del quebrantamiento del derecho y la reincidencia en su conducta.

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