Los indefinidos no fijos tienen derecho a promocionar en igualdad de condiciones que los fijos

Es bien sabido que el régimen jurídico de los trabajadores indefinidos no fijos se encuentra repleto de inseguridades jurídicas. Una institución de creación jurisprudencial que el legislador no le ha dado régimen jurídico -más allá de nombrar su existencia en el art. 8 del EBEP. Por ello, es el Tribunal Supremo el que le otorga contenido a base de decisiones judiciales. Sobre régimen jurídico de los despidos de indefinidos no fijos se puede consultar aquí.

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La última sentencia de interés es la STS 02/04/2018 que establece que los trabajadores indefinidos no fijos de una empresa pública tienen derecho a participar en igualdad de condiciones que el personal fijo y fijo discontinuo en los procesos de promoción y reclasificación profesional que la empresa lleva a efecto de conformidad con el convenio colectivo aplciable. En efecto, en este caso el art. 18 del convenio colectivo otorgaba derecho a promoción y también derechos de reclasigficación en caso de solicitarlo a los trabajadores de la empresa pública. Pues bien, el TS entiende que los indefinidos no fijos también tiene derecho dado que el convenio colectivo no les ha excluido expresamente de tal derecho, por ello, concluye el tribunal que “De ahí que no veamos inconveniente en admitir que el indefinido no fijo pueda participar en este tipo de concursos, conservando dicha condición en el nuevo destino y sin que el cambio de destino transforme su naturaleza y lo convierta en fijo de pleno Derecho.”

Es interesante ver como el tribunal abre la puerta (obiter dicta) a que los convenios colectivos excluyan los derechos de promoción y quizá otros derechos a los indefinidos no fijos. En cualquier caso, recordemos que es un obiter dicta, veremos que dice el tribunal si el caso se da…

Si queréis saber más sobre los indefinidos no fijos consultad el libro el libro que yo mismo dirigí titulado “Remunicipalización de servicios, sucesión de empresa y trabajadores indefinidos no fijos” publicado en Aranzadi.

Aquí podéis descargarla sentencia comentada promoción indefinido no fijo

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