Nuestro país lleva años intentado impulsar la Formación Profesional Dual. Un reto nada sencillo y que, de hecho, a pesar de los avances, sigue lejos de conseguirse. Aún así, ni el Estado ni las Autonomías cesan en su empeño. Una pretensión muy loable puesto que una buena FP Dual podría mejorar la productividad y competitividad de nuestro país (además de mejorar el empleo juvenil aunque esto siempre debería ser un objetivo secundario de la FP Dual y no el principal como ya expuse en una publicación académica sobre el tema).
En este contexto, el legislador Estatal aprobó, recientemente, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, así como, la reforma laboral de 2021 modificó los contratos formativos para pasar a un contrato “en alternancia” (el propio nombre del contrato ya muestra la intención de acercarlo al modelo de FP Dual dado que la FP Dual también se llama FP en alternancia -históricamente en Alemania-.
De esta forma, las Comunidades Autónomas deberán modificar sus estrategias -y legislaciones- para aplicar la nueva legislación estatal. Y es que las normas arriba nombradas no son meros retoques a lo existente hasta el momento, sino un cambio de paradigma donde los fundamentos de la FP Dual en nuestro país se modifican: haciendo la FP Dual más seria y más cercana a las ideas fuerza que se desprende de la legislación Alemana.
Por esta razón, quería hoy compartir con vosotros la reciente publicación de la Estrategia Canaria de FP Dual. Una Estrategia en la que he tenido el placer de participar con mis conocimientos sobre la materia (ya en su momento tuve el placer de colaborar con la Comisión Europea como experto nacional en materia de regulación para unas prácticas en empresas de calidad) gracias a la invitación de Gustavo Santana, Viceconsejero de Empleo de Canarias, al que le estoy muy agradecido (y extiendo mi agradecimiento a Enrique Borrell) por contar conmigo. Y también aprovecho para agradecer al Oscar Requena, compañero del departamento, y experto en materia de Formativa, sus inestimables conocimientos en la materia.
En fin, está mal que yo lo diga, pero creo que esta estrategia se convertirá en un referente para el resto de Comunidades Autónomas, no solo por ser la primera adaptada a la nueva Ley orgánica 3/2022 y al nuevo contrato de aprendizaje, sino porque se ha alcanzado mediante el diálogo social y el consenso entre todas las partes implicadas -patronal, sindicatos y Administración- lo que asegura su equilibrio y el interés despertado a todas las partes implicadas.
Aquí la dejo por su es de vuestro interés.
Aprovecho también para dejaros aquí acceso a varios artículos académicos que he publicado sobre la materia.
1) La compleja e insatisfactoria regulación de las prácticas y las becas de trabajo Trabajo y derecho: nueva revista de actualidad y relaciones laborales, Nº. 6, 2015, págs. 61-80
2) La formación dual alemana y el contrato para la formación y el aprendizaje: ¿diferente legislación o diferentes controles de calidad? Documentación Laboral, Nº 105, 2015 (Ejemplar dedicado a: Contratación laboral y negociación colectiva empresarial), págs. 11-36
3) La formación dual en Holanda: ¿hacia un contrato para la formación y el aprendizaje en las universidades? Trabajo y derecho: nueva revista de actualidad y relaciones laborales, Nº. 36, 2017, págs. 47-60
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¡Buenas tardes!
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, habla de integración, pero esconde el vocablo o la voz “Educación”, dato que puede dar una idea de por donde puede ir la supuesta integración.
Se supone que la formación, la educación es para las personas, los ciudadanos, los trabajadores. y tal y como está planteada la estrategia, resumiendo muchísimo, y asumiendo el riesgo que eso supone, nos encontramos ante varias cuestiones:
a) Se busca mano de obra barata, un mínimo de 2 años de formación especializada, par luego colegir, con poca formación, poco salario.
b) Parece que la Administración, intenta aprovechar las instalaciones y medios de las empresas, para ahorrar en inversión. Esto es otra visión diferente de lo que un principio se suponía que iban a ser los CIFP. Centros Públicos con Profesorado de Educación, e inversión de Empresas y de la Consejería de Empleo. Este nuevo planteamiento, convierte a los CIFP, es IES, con otro nombre, y con nombres diferentes para la estructura interna organizativa de los Centros. Pero la inversión necesaria sigue sin llegar.
c) Entre 1970, con la LGE de Villar Palasí a la actualidad, sin incluimos la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, son 9 Leyes Educativas, y seguimos con la estructura de los Centros Educativos del Siglo XVIII, tenemos Dirección, y las Unidades de Jefatura de Estudios y Secretaría, pero sigue sin llegar la Unidad de Informática y Digitalización. Seguimos en la era de la TIZA y la PIZARRA, aunque haya algunos ordenadores individuales, no hay Red Interna, no circula la Fibra Óptica, los Servidores no aguatan la conexión de miles de usuarios a la vez, y la conexión se cae cada 2 por 3.
d) No se ve por ningún sitio, que se afronte la cuestión PRINCIPAL, como salir del PRECARIADO o SEMIESCLAVITUD, que de momento van unidos de la mano, de la GLOBALIZACIÓN y del NEOLIBERALISMO SALVAJE.
¿Es posible avanzar con este LASTRE?
Un saludo,
Juan Miguel Albertos García
Profesor de la Especialidad de FOL
Licenciado en Derecho por la UNED
Totalmente de acuerdo con su comentario.