Responsabilidad del trabajador por robo de bienes propiedad del empresario

En el supuesto de hoy se analiza si el empresario puede repercutir los daños sufridos en caso de que un tercero robe bienes que el trabajador tenía obligación de guardar. Esto es, en caso de que el empresario entregara ciertos bienes al trabajador para que los guardara y durante este tiempo un tercero hurtara dichos bienes por negligencia.

Es importante dejar claro que estamos hablando de que existe una negligencia en el cumplimiento del deber de guardar esos bienes por parte del trabajador, puesto que si lo que existe es dolo o connivencia entre la persona que realiza el robo y el trabajador estaríamos en el ámbito penal y la responsabilidad civil derivada de delito sin duda existiría. Pero en esta caso hablamos de que un tercero sin consentimiento ni acuerdo con el trabajador roba los bienes por falta de vigilancia u otro comportamiento negligente del trabajador.

Como ya se explicó con detenimiento en otra entrada de blog para solucionar las cuestiones de responsabilidad del trabajador por daños sufridos por el empresario en los tribunales existen tres posiciones diferenciadas

  1. La primera posición, que defiende la imposibilidad de repercutir en el trabajador los daños y perjuicios ocasionados por éste en su lugar de trabajo en base a la ajenidad de los riesgos del trabajador.
  2. La segunda tesis judicial mantiene que el trabajador no puede ser inmune a las consecuencias de sus actos en el ámbito laboral y por ello es responsable por sus actos negligentes conforme a la responsabilidad civil del art. 1101 del Código Civil
  3. La tercera mantiene que para poder repercutir los daños sufridos por el trabajador es necesario en el ámbito laboral la presencia de un incumplimiento doloso o que la negligencia sea muy grave, puesto que para negligencias de menor envergadura  el ordenamiento laboral ya posee el régimen disciplinario. Es decir, para incumplimientos negligentes se puede despedir al trabajador, para comportamientos muy graves se podrá reclamar el daño.

Pues bien, entre estas tres opciones el TS se decanta por la tercera en su sentencia de  STS, Social, de 30 de noviembre de 2011 (RCUD n.º 887/2011). Ello llevaría a la conclusión de que solamente en caso de que existiera una negligencia muy grave en la vigilancia del bien se puede reclamar responsabilidad por los daños sufridos por el empresario por el robo de dichos bienes.

Sin embargo, a pesar de esta doctrina parece clara, los Tribunales Superiores de Justicia viene aplicando otra cosa.

En efecto, la STSJ de Murcia de 7 de julio de 2014 ( rec. 246/2014) acepta que la empresa repercuta sobre el trabajador el valor de bienes propiedad de la empresa. En este caso era un vendedor de la ONCE que deja cupones y el dinero de la recaudación del día en el coche de su propiedad durante la noche. Esos cupones y el dinero son robados. El trabajador pone denuncia ante la policía.

Pues bien, la Sentencia entiende -en aplicación de una instrucción unilateral de la empresa- que el trabajador es responsable por negligencia del robo de esos bienes y, por ello ,la empresa puede repercutir dichos daños al trabajador. Lo más interesante es que la sentencia no justifica (ni tampoco queda acreditado) que existiera una negligencia muy grave. De hecho la empresa no procede al despido del trabajador sino que simplemente le repercute el daño sufrido.

En fin, es una pena que la STS de 12 de julio de 2016 (rec. 3557/2014) haya desestimado la casación por falta de contradicción sin entrar en el fondo del asunto, algo que hubiera aclarado si hay un cambio de doctrina del Tribunal Supremo o sigue siendo necesario la negligencia muy grave para repercutir el daño al trabajador.

Para profundizar sobre los argumentos, la jurisprudencia y la doctrina de este tema se puede consultar el artículo de TODOLI SIGNES, A., “Infracciones en los transportes por carretera y la responsabilidad del trabajador, Comentario a la STS, Social, de 30 de noviembre de 2011 (RCUD n.º 887/2011)”, Actualidad Laboral,Nº 21, 2012

o el libro “Jurisprudencia social a debate” donde SALA FRANCO, LÓPEZ TERRADA y un servidor, analizamos y defendemos esta postura en profundidad. http://www.tirant.com/editorial/libro/jurisprudencia-social-a-debate-tomas-sala-franco-9788490863848

 


16 thoughts on “Responsabilidad del trabajador por robo de bienes propiedad del empresario

  1. Hola, me gustaría saber qué pasa cuando no existe negligencia, es decir si aún sin negligencia por parte del trabajador este sufre el robo de algún bien de la empresa. En concreto me robaron el portátil de la empresa cuando entraron en mi casa a robar, habiendo dejado la puerta cerrada, y ahora me quieren cobrar parte del valor del portátil. ¿Tienen derecho a hacerlo? Muchas gracias.

  2. Hola buenas tardes y feliz año!!!

    tengo una duda, trabajo de expendedor vendedor en una gasolinera, si me atracan y se llevan el dinero de las cajas y de la caja fuerte, la empresa puede quitármelo de la nomina?? muchas gracias de antemano.

  3. Hola ¿Que tal? tengo una duda, trabajo en una farmacia como vendedor, los administrativos suelen poner productos algo costosos en el mostrador sin ningún tipo de protección para que los clientes puedan verlos, sin embargo es muy común que se roben algunos de estos productos cuando uno está distraído u ocupado realizando sus labores… no existen cámaras que puedan captar al ladrón y finalmente cada producto robado (que suelen ser de alto valor) te lo cobran a ti por que «la empresa nunca pierde» sin embargo me parece frustrante que nos expongan a nosotros a ser «robados» por orden de que sí o sí debe estar el producto ahí. ¿Esto es legal?

  4. Buenas tardes mi consulta una compañera aitiana tomo unos audífonos olvidados por un pasajero a lo cual los devolvió al hotel es causa de despido y que la precionen para renunciar??le agradecería si me confirma por favor

  5. Buenas, entraron al local mientras fui a la parte de atrás a guardar el dinero y me robaron el celular de la empresa que estaba tapado con unas facturas en el mostrador, el patrón me lo esta cobrando al igual que un vidrio de la vitrina de las empanadas, que estando fuera de la vitrina se estallo, que lo saque de la vitrina para limpiarla y lo coloque sobre el mesón y allí se estallo

  6. buenas tardes la empresa ed de transporte yo manejo un carro y lo guarde en lugar donde no estbba autorizado a dejarlo por que no seguridad ,sin en bahías en la calle , por uqe llegue tarde de viajar el carro se lo robaron con mercancia y todo la empresa me dice que es un caso de negligencia grave me van a despedir se puede y adicionalmente me van hacer unos descuentos de unos dañod del vehulo que le hice

  7. El camión marca menos diesel del indicado, ya se hicieron pruebas, y al parecer se lo están robando dentro del patio del cliente, pero la empresa me lo quiere cobrar a mi. No se como probarlo, no se que pasa, pero si se que no soy el único, otros compañeros se quejan de lo mismo, y la casualidad es que son los mismos litros.

  8. Hola, que tal ? La duda que tengo es porque estaba en mi lugar de trabajo como profe y un alumno me roba el celular. La institucion deberia de hacerse cargo por el robo ?

  9. Buenas tardes soy guardia trabajo para una empresa de transporte en área de mecánica y entraron a robar la empresa me quiere cobrar por el robo y la negligencia es por parte de ambas empresas es decir la empresa que trabajo y la empresa de seguridad privada me isieron firmar un pagaré que puedo hacer en este caso

  10. Hola soy trailero y la semana pasada sufri un asalto en la carretera me kitaron todo lo k traia para gastos de casetas y lo poco k llo traia mio pero ahora me dise el patrón k tengo k pagar ese dinero xk fue un asalto y es mi responsabilidad osea k si me hubieran kitado el trailer también lo tendría k pagar o me hubieran kitado la vida adonde podría asistir para asesoría sobre este caso

  11. hola , tabajo para una empresa pero mi lugar de trabajo es en un local, no hay nada de seguridad e incluso no hay caja para guardar el dinero entrante se tienen varios equipos costosos pero no hya camaras el celular de la empresa lo debo dejar sobre el escritorio escondido , yo he solicitado seguridad para ese tipo de implementos en varias oportunidades , hace unos dias me robaron el celular y la empresa me exige que respornda por el segun ellos es negligencia mia por que yo no lo cargaba conmigo. me lo pueden cobrar? gracias

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