Las empresas transportistas españolas que operen en Francia deberán pagar el salario mínimo interprofesional francés a sus conductores españoles a partir del 1 de julio de 2016

normativa salarial transporte español en franciaDe acuerdo con esta noticia  publicada en Le Parisien la pasada semana, a partir del uno de julio todos los transportistas que pasen por Francia, durante el tiempo que presten servicios en dicho país deberán cobrar el SMI francés: osea unos 1300 euros mensuales.

Esta normativa, tal y como está planteada va a afectar significativamente a las empresas españolas dado que siendo España una península, cualquier exportación por carretera deberá pasar necesariamente por Francia –excepto a Portugal-. Esta nueva normativa francesa viene a cambiar totalmente las normas del juego con el objetivo, nada oculto, de evitar la competencia en salarios de trabajadores residentes en países con salarios mínimos más bajos. Como pueda ser la propia España, Italia, Polonia, etc…

La verdad es que esta noticia puede alarmar a las empresas de logística españolas y de otros países europeos.

No obstante, esta normativa debe ser analizada en el contexto europeo. El Reglamento Roma I sobre derecho aplicable al contrato de trabajo establece que, salvo pacto en contrario, la normativa aplicable al contrato de trabajo será la del Estado Miembro donde habitualmente se presten servicios.

Ello viene a significar que si los conductores españoles solamente están de paso por Francia la normativa francesa no les será aplicable y por tanto el decreto que entra en vigor el uno de julio en Francia (al ser normativa francesa) no es aplicable.

De la misma forma, el Reglamento Roma I establece que en defecto de lugar de prestación habitual de servicios en un lugar concreto, se estará al lugar en el que empiece y termine la prestación de trabajo. Por ello, un conductor que tenga su centro de trabajo, de donde empieza y termina su prestación de servicios, en España estará sometido a la normativa laboral Española –y al salario mínimo español-.

En fin, es loable la intención del gobierno francés de evitar que las empresas compitan en salarios, cuando deberían competir en eficiencia, valor añadido, etc… No obstante, con un mercado laboral internacional, este tipo de medidas ya no pueden tomarse a nivel nacional.

Para ver más sobre este tema podéis consultar mi artículo La competencia judicial internacional del contrato individual de trabajo, revista Información laboral, 1 2016.


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