Convenio colectivo aplicable a los abogados que ejercen en un despacho de abogados

Convenio colectivo Abogados(Y no es la solución que te imaginas: STSJ de Valencia de 12 de enero de 2016)

El Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos establece en su artículo 2 referido a las fuentes de la regulación que la relación laboral especial se regulara por “b) Por los convenios colectivos específicos y de aplicación exclusiva a los despachos de abogados”.

Ello viene a descartar que un convenio colectivo que no sea de aplicación exclusiva y de carácter específico para los despachos de abogados se les sea aplicable. Sin embargo, se debe notar que desde la aprobación de este RD en 2006 no se existe, hasta donde llega mi conocimiento, ningún convenio colectivo de esta naturaleza –exclusivo y específico-. Ello vendría a significar que la relación laboral de los abogados que ejercen en despachos de abogados se regulan por o bien la ley –dicho RD- y subsidiariamente por el contrato de trabajo.

No obstante, siendo válida esta primera conclusión es interesante analizar la STSJ de Valencia de 12 de enero de 2016 (rec. 3361/2016)  donde se decide aplicar el convenio colectivo de oficinas y despachos a una relación laboral especial de abogado en despacho profesional. El razonamiento es el siguiente. En este supuesto, las partes pactaron en el contrato de trabajo –celebrado antes de la entrada en vigor del RD que venimos analizando- que el convenio colectivo a aplicar era el de oficinas y despachos. Por ello, la sentencia siguiendo el criterio de fuentes marcado por el art. 2 del RD 1331/2006 entiende que en aplicación del contrato de trabajo las partes pactaron aplicar a esa relación laboral el convenio de oficinas y despachos, a pesar de que este no sea exclusivo y específico para abogados en despachos profesionales.

Caben notar dos cuestiones interesantes: La primera es que la Sentencia deja claro que este supuesto solo se puede dar porque no existe ningún convenio colectivo específico aplicable, pues en tal caso ese convenio, de existir, sería prevalente. En segundo lugar, la relación laboral empezó siendo de auxiliar administrativa –o al menos eso constaba en el contrato inicial firmado- aunque las funciones reales eran de abogada. Sin embargo, cuando se realizó la  transformación de las funciones no hubo una nueva firma de contrato, ni una novación contractual expresa, por lo que el tribunal entiende vigente ese pacto de convenio colectivo aplicable.


One thought on “Convenio colectivo aplicable a los abogados que ejercen en un despacho de abogados

  1. Realmente en la práctica, los abogados y sobretodo los jovenes que emprenden esta profesión y prestan servicios en despachos de abogados, los acuerdos son de viva voz. Pactos, salarios, horas…etc. pero los acuerdos alcanzados en algunos ni se cumplen, ni se acuerdan… Claro está que los hay con principios y hay otros que ni los conocen.

    Por no cumplirse, no se cumple ni lo marcado por ser ya Licenciado.

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